Certificados requeridos

Discapacidad

Es el medio probatorio establecido por ley, a los trabajadores beneficiarios que tengan personas a cargo (Hijos, padres legítimos o hermanos huérfanos de padres) con invalidez o capacidad física o mental disminuida en un 50% o más y que les impida trabajar. Estos tendrán derecho a recibir doble cuota monetaria sin limitación de la edad de la persona a cargo.

El certificado debe ser tramitado ante la Entidad competente (Decreto 2463 de noviembre 20 de 2001) y ser entregado a COMFAMILIAR HUILA, en original, adjuntando igualmente:

  • Fotocopia cédula de ciudadanía del trabajador.
  • Fotocopia del registro civil del beneficiario discapacitado, e.
  • Informar los siguientes datos: nombre, dirección y teléfono del trabajador y la empresa.

Escolaridad

Los certificados de escolaridad deberán presentarse en original, elaborados directamente por el establecimiento educativo reconocido por la autoridad pertinente. El certificado de escolaridad en todo caso, debe contener: NIT y nombre de la entidad que lo expide, el nombre y apellidos del estudiante, el tipo de estudio con el grado, nivel o período del curso y el número de horas académicas semanales o mensuales.

Para la aceptación del certificado de escolaridad la Ley establece una intensidad horaria mínima de 4 horas diarias u 80 horas mensuales.

Supervivencia

El Certificado de supervivencia es un medio probatorio exigido por ley, el cual debe ser presentado a COMFAMILIAR HUILA por los trabajadores beneficiarios, cuyas personas a cargo sean sus padres legítimos mayores de 60 años.

Estos certificados se deben entregar directamente en las oficinas de aportes y subsidio de COMFAMILIAR HUILA en original, con firma y huella del beneficiario, antes del 30 de marzo de cada año

PROCESO DESARROLLO FINANCIERO
AREA DE APORTES Y SUBSIDIO
CIRCULAR No.002-2010

Estimado Trabajador beneficiario del Subsidio Familiar, la siguiente información es de suma importancia, por lo que le recomendamos leerla detenidamente.

Comfamiliar Huila se permite Informar:

1. Que hasta el 31 de marzo de 2010 hay plazo para presentar los certificados de escolaridad por los hijos cuyas edades estén comprendidas entre los 12 y 18 años de edad, en donde conste que cursan estudios diurnos o nocturnos con un mínimo de 4 horas diarias en un establecimiento educativo (Colegios) debidamente aprobado.

2. Los beneficiarios del Subsidio Familiar que cumplan los 12 años de edad durante el presente año, deben presentar el certificado de escolaridad con un mes de anterioridad, con el fin de continuar recibiendo el subsidio familiar.

3. Los certificados de estudios superiores (Universitarios), y los de estudios técnicos, deben ser presentados antes del 31 de marzo y renovados antes
del 30 de septiembre del año 2010, para sus respectivos semestres.

4. Si está recibiendo Subsidio Familiar por padres mayores de 60 años de edad, lo mismo que por beneficiarios discapacitados, se debe presentar certificado de supervivencia antes del 31 de marzo de 2010; expedido por el alcalde o notario correspondiente, con firma y huella del beneficiario.

Neiva, 02 de marzo de 2009

ARMANDO ARIZA QUINTERO.
Director Administrativo


   


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