Es un beneficio al que tienen derecho las personas cesantes que cumplan con los requisitos de acceso al programa de acuerdo a lo establecido en la ley 1636 de 2013. Tiene una duración de seis (6) meses y consta de:
- Aportes a la seguridad Social (pago de salud y pensión) calculado sobre un ingreso base de liquidación de 1 SMMLV.
- Pago de cuota monetaria (subsidio familiar por cada beneficiario a cargo, cuando se tiene derecho).
- Servicio de Agencia de Gestión y Colocación de empleo.
- Capacitación para la Inserción Laboral.
- Ahorro voluntario de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante (cuando aplique)
Tenga en cuenta: Para el reconocimiento de las Prestaciones Económicas (salud y pensión), el pago dependerá de la disponibilidad de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, atendiendo al principio de sostenibilidad, establecido en el artículo 4 de la Ley 1636 de 2013.
- Que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ninguna fuente de ingresos.
- Que haya aportado 1 año continuo o discontinuo a una Caja de Compensación Familiar durante los últimos 3 años como dependiente o 2 años continuos o discontinuos en los últimos 3 años como independiente.
- Que ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular.
- Que estuvieren devengando una pensión o jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia.
- Que a pesar de haber terminado su relación laboral, de prestación y servicios u otra actividad económica como independientes, cuenten con una fuente directa adicional de ingresos.
- Que hayan recibido el pago de los beneficios de forma continua o discontinua por seis (6) meses en un periodo de tres (3) años.
- No acudan a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo en las condiciones establecidas en el presente Decreto.
- Incumplan, sin causa justificada, con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y con los requisitos para participar en el proceso de selección por parte de los empleadores a los que hayan sido remitidos por éste.
- Rechacen, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior. Entiéndase por deterioro en las condiciones del empleo solamente las circunstancias de demérito en relación con el domicilio del trabajo y la relación de la nueva labor con el perfil ocupacional del postulante, lo cual debe ser justificado. por éste y validado por la Caja de Compensación Familiar.
- Descarten o no culminen el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, al cual se hayan inscrito conforme la ruta de empleabilidad, excepto en casos de fuerza mayor.
- Asistan a menos del ochenta por ciento (80%) de las horas de capacitación definidas en la ruta de empleabilidad.
- Perciban efectivamente una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
- Obtengan una fuente directa de ingresos o realicen una actividad remunerada.
- Renuncien voluntariamente a las prestaciones económicas.
Tenga en cuenta: De acuerdo a la Ley 1636 de 2016 y en concordancia con el decreto 2582 de 2013, se establece que si el beneficiario al momento de recibir el pago del subsidio al desempleo, se encontraba laborando y disfruto de los beneficios del seguro, le será cancelado el beneficio y adicional se iniciaría el proceso de recobro.
Por lo anterior lo invitamos a que una vez ingrese a la vida laboral sea como dependiente o independiente, solicite la cancelación del beneficio al correo electrónico empleabilidad@comfamiliarhuila.com
- Registrar la hoja de vida en la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo de Comfamiliar o a través de la página www.serviciodeempleo.gov.co.
- Presentar la documentación para la postulación en nuestras sedes. La documentación requerida se detalla en la opción de documentación requerida.
- Realizar la Entrevista de Orientación Laboral y Ocupacional para iniciar el proceso de acompañamiento en la búsqueda de empleo.
- Realizar de manera puntual la Ruta de Empleabilidad (talleres y procesos formativos en competencias transversales y específicas) definidas con el profesional en la entrevista de orientación laboral.
Tenga en cuenta: La asignación del subsidio al desempleo dependerá de la disponibilidad de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, atendiendo al principio de sostenibilidad, establecido en el artículo 4 de la Ley 1636 de 2013.
De acuerdo al decreto 1273 del 2018 y la circular 0050 del 23 octubre 2018, los pagos de prestaciones económicas (sistemas de salud y pensión, bono alimentario y cuota monetaria) se realizaran de forma vencida.
Solicitante del Subsidio al Desempleo sin personas a cargo
- Formulario Único de Postulación al Seguro al Desempleo diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Manifestación escrita de conocer deberes y derechos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Compromiso capacitación subsidio al desempleo FOSFEC diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Copia de la última carta laboral, la cual debe constar de fecha exacta de terminación, salario y motivo de la terminación, como lo estipula el Articulo 46 del Decreto 2852 de 2013.
- Certificado de EPS (vigencia no superior a 8 Días)
- Certificado del Fondo de Pensión (vigencia no superior a 30 Días)
- Fotocopia de cedula de ciudadanía legible y al 150%
- Certificado del Fondo de Cesantías a los cuales estuvo afiliado y Copia de radicación del formato de solicitud, modificación o revocación de ahorro de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante (Si aplica).
Tenga en cuenta: Si no tiene la trayectoria de aportes parafiscales con Comfamiliar o no cumple con el tiempo en esta Caja de Compensación, y cumple con aportes en otra Caja de Compensación debe de presentar el certificado de aportes o pagos de PILA (Pago Integrado de Liquidación de Aportes).
De acuerdo a la Ley 1636 de 2016 y en concordancia con el decreto 2582 de 2013, se establece que si el beneficiario al momento de recibir el pago del subsidio al desempleo, se encontraba laborando y disfrutó de los beneficios del seguro, le será cancelado el beneficio y adicional se iniciaría el proceso de recobro.
Por lo anterior lo invitamos a que una vez ingrese a la vida laboral sea como dependiente o independiente, solicite la cancelación del beneficio al correo electrónico empleabilidad@comfamiliarhuila.com
Solicitante del Subsidio al Desempleo con personas a cargo (hijos, padres, hijastros o hermanos)
- Formulario Único de Postulación al seguro al Desempleo diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Manifestación escrita de conocer deberes y derechos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Compromiso capacitación subsidio al desempleo FOSFEC diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Autorización de Compensación diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Copia de la última carta laboral, la cual debe constar de fecha exacta de terminación, salario y motivo de la terminación, como lo estipula el Articulo 46 del Decreto 2852 de 2013.
- Certificado de EPS (vigencia no superior a 8 Días calendario)
- Certificado del Fondo de Pensión (vigencia no superior a 30 Días calendario)
- Fotocopia de cedula de ciudadanía legible y al 150%
- Certificado de escolaridad de los hijos entre 12 y 18 años de edad.
- Certificado de EPS de padres.
- Certificado dependencia económica (Formato Declaración Juramentada, este se utiliza para padres, hijastros y hermanos)
- Certificado del Fondo de Cesantías a los cuales estuvo afiliado y Copia de radicación del formato de solicitud, modificación o revocación de ahorro de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante (Si aplica).
Tenga en cuenta: Si no tiene la trayectoria de aportes parafiscales con Comfamiliar o no cumple con el tiempo en esta caja de compensación, y cumple con aportes en otra caja de compensación debe de presentar el certificado de aportes o pagos de PILA (Pago Integrado de Liquidación de Aportes) y certificado de Afiliación donde indique que persona a cargo recibía cuota monetaria en la última vinculación como empleado.
De acuerdo a la Ley 1636 de 2016 y en concordancia con el decreto 2582 de 2013, se establece que si el beneficiario al momento de recibir el pago del subsidio al desempleo, se encontraba laborando y disfrutó de los beneficios del seguro, le será cancelado el beneficio y adicional se iniciaría el proceso de recobro.
Por lo anterior lo invitamos a que una vez ingrese a la vida laboral sea como dependiente o independiente, solicite la cancelación del beneficio al correo electrónico empleabilidad@comfamiliarhuila.com
Solicitante del Subsidio al Desempleo con nuevas personas a cargo (hijos, padres)
- Formulario Único de Postulación al seguro al Desempleo diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Manifestación escrita de conocer deberes y derechos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y
Protección al Cesante diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras. - Compromiso capacitación subsidio al desempleo FOSFEC diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Autorización de Compensación diligenciado a tinta negra, sin errores ni enmendaduras.
- Copia de la última carta laboral, la cual debe constar de fecha exacta de terminación, salario y motivo de la terminación, como lo estipula el Articulo 46 del Decreto 2852 de 2013.
- Certificado de EPS (vigencia no superior a 8 Días calendarios)
- Certificado del Fondo de Pensión (vigencia no superior a 30 Días calendarios)
- Fotocopia de cedula de ciudadanía legible y al 150%
- Documentación para hijo (Registro Nacimiento y formato declaración Juramentada)
- Documentación para padres (formato declaración juramentada, registro civil del solicitante del seguro al desempleo, fotocopia de cedula del padre, certificado de EPS del padre)
- Certificado del Fondo de Cesantías a los cuales estuvo afiliado y copia de radicación del formato de solicitud, modificación o revocación de ahorro de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante (Si aplica).
Tenga en cuenta: Si no tiene la trayectoria de aportes parafiscales con Comfamiliar o no cumple con el tiempo en esta caja de compensación, y cumple con aportes en otra caja de compensación debe de presentar el certificado de aportes o pagos de PILA (Pago Integrado de Liquidación de Aportes) y certificado de Afiliación donde indique que persona a cargo recibía cuota monetaria en la última vinculación como empleado.
De acuerdo a la Ley 1636 de 2016 y en concordancia con el decreto 2582 de 2013, se establece que si el beneficiario al momento de recibir el pago del subsidio al desempleo, se encontraba laborando y disfrutó de los beneficios del seguro, le será cancelado el beneficio y adicional se iniciaría el proceso de recobro.
Por lo anterior lo invitamos a que una vez ingrese a la vida laboral sea como dependiente o independiente, solicite la cancelación del beneficio al correo electrónico empleabilidad@comfamiliarhuila.com