Subsidio Para Personas con Discapacidad
¿Quiénes son los beneficiarios del subsidio doble?
Los trabajadores afiliados que acrediten los requisitos de ley y tengan a su cargo personas con discapacidad como:
- Hijos
- Hijos adoptivos
- Hermanos huérfanos de padres
- Hijastros
- Padres del trabajador afiliado
Según ley 789 de 2002:
“Los padres, los hermanos huérfanos de padres y los hijos, que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, causarán doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él”
¿Qué documentos debo presentar para acreditar la discapacidad?
- Certificación de Discapacidad de las Entidades Promotoras de Salud – EPS ó de las Juntas de Calificación de Invalidez ó de la red pública de servicios de Salud (Hospitales, ESES)
- Fotocopia cédula del trabajador afiliado
- Fotocopia del Registro Civil de nacimiento de los hijos o hijastros (para verificación de parentesco)
- Fotocopia del registro civil de nacimiento del trabajador en caso de afiliar a los padres mayores de 60 años y hermanos huérfanos de padres.
- Fotocopia de documento de identificación del beneficiario (tarjeta de identidad para mayores de 7 años y cedula de ciudadanía para mayores de 18 años).
- Declaración juramentada por persona a cargo debidamente diligenciada para que evite devoluciones (para descargar el formato CLICK AQUÍ)
- Certificado de afiliación a EPS del beneficiario
¿Cómo entrego los documentos?
Se debe dirigir a la plataforma Oficina Virtual al siguiente link https://oficina.comfamiliarhuilavirtual.com/ por allí podrá registrarse a la plataforma de la Caja, subir documentos, efectuar consultas, descargar certificados de afiliación, entre otros servicios; cuando gestione los documentos, recibirá un correo de aceptación o rechazo de su solicitud, mientras esta es aprobada.
Horario de atención presencial
- Neiva: Agencia de Empleo Calle 21 No. 4-50 Barrio Sevilla Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
- Pitalito: Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
- Garzón: Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
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