Afiliaciones

Información sobre afiliaciones


Afiliación del Empleador

Afiliación del Empleador

¡Ahora puedes gestionar todo lo relacionado con la afiliación de tu Talento Humano sin salir de tu oficina! Comfamiliar ha mejorado su Oficina Virtual para que realices todos tus trámites de manera rápida, fácil y segura, ahorrando tiempo y dinero.

¿Qué puedes hacer en la Oficina Virtual?

  • Afiliaciones de trabajadores y carga de documentos requeridos
  • Actualización de datos de la empresa
  • Descarga del Certificado de Afiliación como empleador
  • Consulta y descarga de Aportes Parafiscales
  • Consulta del personal afiliado activo a Comfamiliar
  • Ingreso al portal de Asopagos
  • Consulta de mora real y mora presunta
  • Consulta de giros
  • Consulta de nómina y aportes
  • Reporte de novedades de retiro de trabajadores
  • Cambio de datos principales
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Si ya tienes usuario y clave, inicia sesión y aprovecha todas las facilidades que te brinda tu Caja de Compensación. Si aún no te has registrado, hazlo ahora y disfruta de una gestión ágil y sin complicaciones.





Afiliación del Trabajador

Afiliación del Trabajador

Si tu empresa ya te afilió a Comfamiliar, recuerda que es fundamental registrarte en nuestra Oficina Virtual y afiliar también a tu grupo familiar, cumpliendo con los requisitos establecidos.

¿Qué puedes hacer en la Oficina Virtual?

  • Descargar tu Certificado de Afiliación
  • Consultar saldo y movimientos de tu Subsidio Familiar
  • Ver la información de tu núcleo familiar
  • Actualizar tus datos básicos
  • Afiliar a tus beneficiarios y cónyuge
  • Anexar certificados
  • Consultar y descargar tu planilla
  • Revisar el histórico de tu Tarjeta
  • Generar y descargar certificados

Más beneficios a un solo clic

  • Pagos en línea
  • Solicitud de crédito en línea
  • Auxilio fúnebre
  • Subsidio de vivienda
Regístrate y aprovecha todos los beneficios que tu Caja de Compensación tiene para ti.


Beneficios para tu grupo familiar

Si eres afiliado a Comfamiliar, tu grupo familiar también puede disfrutar de múltiples beneficios:

  • Ingreso a nuestros centros recreacionales y acceso a programas de educación con tarifas subsidiadas
  • Subsidio Monetario para beneficiarios que cumplan con los requisitos
  • Bono escolar hasta los 19 años no cumplidos
  • Acceso a todas las líneas de crédito
¿Quiénes pueden acceder?
  • Hijos e hijastros
  • Hermanos huérfanos
  • Cónyuge-cuidador
  • Beneficios exclusivos

Importante

Ahora el giro de tu Cuota Monetaria lo recibirás a través de Daviplata. Si aún no has descargado la app, encuéntrala en Play Store o App Store y actívala fácilmente.


Afiliación Madres Comunitarias

Afiliación Madres Comunitarias

Según el Artículo 36 de la Ley 1602 de 2012, desde el 2014, todas las Madres Comunitarias deben estar contratadas laboralmente por las entidades administradoras del Programa de Hogares Comunitarios de Bienestar, recibiendo un salario mínimo o el equivalente a los días trabajados en el mes.

¿Cómo afiliarse?

Para realizar la afiliación, es necesario:

  • Diligenciar el formulario DF-07-02 “Afiliación de Trabajador Dependiente y su Grupo Familiar”.
  • Marcar la casilla correspondiente a Madre Comunitaria (Sí o No).
  • Cumplir con los requisitos exigidos por Comfamiliar.

Importante

Asegúrate de completar todos los documentos necesarios para que tu afiliación sea procesada correctamente.


Afiliación Servicio Doméstico

Afiliación de Trabajadores del Servicio Doméstico

Los trabajadores del servicio doméstico son todas aquellas personas contratadas para desempeñar labores en hogares familiares privados, ya sea con contrato de tiempo completo o por días.
Afiliación para contrato a tiempo completo

El empleador debe afiliar al trabajador a:

  • Caja de Compensación
  • EPS (Entidad Promotora de Salud)
  • ARL (Administradora de Riesgos Laborales)
  • Pensión

Afiliación para contrato por días

Si la empleada de servicio doméstico no cuenta con Sisbén, el empleador debe afiliarla a:

  • Caja de Compensación
  • ARL (Administradora de Riesgos Laborales)
  • Pensión
  • EPS (Entidad Promotora de Salud)

Condiciones para acceder a los beneficios de Comfamiliar

  • El trabajador tendrá derecho a los servicios y subsidios que ofrece Comfamiliar, siempre y cuando trabaje al menos 96 horas al mes.
  • El empleador deberá realizar un aporte del 4% sobre el ingreso base a través de la planilla integrada PILA.


Afiliación Pensionados

Afiliación Pensionados

¿Quiénes pueden afiliarse como pensionados?

Si eres trabajador y has salido de la fuerza laboral debido a una pensión por vejez, jubilación o invalidez, ya sea de origen común o profesional, puedes afiliarte como pensionado. También pueden afiliarse quienes reciben una sustitución pensional por el fallecimiento del trabajador.

Modalidades y beneficios de afiliación

Si eres pensionado, puedes acceder a múltiples servicios de Comfamiliar Huila, dependiendo de tu mesada pensional y de si realizas o no aportes a la Caja de Compensación Familiar.
Con base en esto, los pensionados se clasifican en tres categorías:

1. Pensionados afiliados con mesada hasta 1.5 SMMLV

Si tu mesada pensional es de hasta 1.5 salarios mínimos legales vigentes, puedes afiliarte sin necesidad de pagar cotización. Esta afiliación te da acceso a servicios de recreación, deporte y cultura, previa solicitud a la última Caja de Compensación donde estuviste afiliado.

Beneficio para tu grupo familiar:

Según el Artículo 6° de la Ley 1643 de 2013, este beneficio también aplica para:

  • Tu cónyuge, si no es trabajador activo.
  • Tus hijos menores de 18 años, siempre que acredites el vínculo familiar.
2. Pensionados afiliados con mesada superior a 1.5 SMMLV

Si tu mesada pensional supera 1.5 salarios mínimos legales vigentes, puedes afiliarte voluntariamente aportando un porcentaje de tu pensión.

Aporte del 0.6%

Si decides aportar el 0.6% de tu mesada pensional, tendrás derecho a:

  • Recreación
  • Turismo social
  • Capacitación

Tu categoría (A, B o C) dependerá del valor de tu mesada pensional. Para afiliarte, debes diligenciar el formulario F-M-03-01-017 “Afiliación de Pensionado y su Grupo Familiar” y cumplir con los requisitos exigidos por Comfamiliar Huila.

Aporte del 2%

Si optas por aportar el 2% de tu mesada pensional, tendrás acceso a todos los servicios de Comfamiliar Huila, excepto la cuota monetaria. Al igual que en el caso anterior, tu categoría se establecerá según el valor de tu mesada. Para afiliarte, debes diligenciar el formulario F-M-03-01-017 y cumplir con los requisitos establecidos.

3. Pensionados por fidelización

Si has estado afiliado durante 25 años o más a una o varias Cajas de Compensación, puedes afiliarte bajo esta modalidad.

Según el Parágrafo 2° del Artículo 9 de la Ley 789 de 2002, los pensionados que cumplan este requisito tienen derecho a:

  • Programas de capacitación
  • Recreación
  • Turismo social con las tarifas más bajas de la Caja de Compensación

Observaciones Importantes

  • Si ya estás afiliado como pensionado pagando el 2% y tu mesada es menor a 1.5 salarios mínimos, debes presentar una solicitud escrita al área de Aportes y Subsidio en cualquiera de nuestros puntos de atención en Neiva, Garzón, Pitalito o La Plata.
  • Para una nueva afiliación bajo esta modalidad, es necesario diligenciar y radicar el formulario DF-07-81 “Afiliación de Pensionados al Sistema de Cajas de Compensación Familiar”, adjuntando los documentos requeridos.
  • La afiliación bajo la Ley 1643 debe realizarse en la última Caja de Compensación donde estuviste vinculado laboralmente.
  • Si deseas desafiliarte, debes presentar una solicitud por escrito dirigida al área de Aportes y Subsidio. No informar tu retiro puede generar mora en el pago de la afiliación.


Afiliación Trabajador Independiente / Colombianos en el Extranjero

Afiliación Trabajador Independiente / Colombianos en el extranjero

Si eres trabajador independiente, significa que desarrollas una actividad por tu cuenta y riesgo, sin vínculo laboral con un empleador. Además, eres responsable de pagar tu propia seguridad social (salud, pensión y ARL).

La Ley 789 de 2002 permite que los trabajadores independientes se afilien voluntariamente a una Caja de Compensación para acceder a sus servicios, aunque sin derecho a la cuota monetaria. Para hacerlo, debes diligenciar el formulario F-M-03-01-16 “Afiliación del Trabajador Independiente o Desempleado y su Grupo Familiar” y adjuntar los documentos requeridos, los cuales están indicados en el reverso del formulario.

Puedes afiliarte solo o con tu grupo familiar.

Condiciones de afiliación

  • El aporte mínimo no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV).
  • Con un aporte del 0.6% de tus ingresos, tienes acceso a recreación, capacitación y turismo social.
  • Con un aporte del 2% de tus ingresos mensuales o el equivalente a 2 SMLMV, puedes acceder a todos los servicios, excepto el subsidio en dinero.
  • Si no realizas el pago dentro de los términos legales, incurres en mora y no podrás acceder a los servicios.

Importante

Si decides no continuar como afiliado, debes presentar una solicitud por escrito dirigida al área de Aportes y Subsidio.


Afiliación Colombianos en el extranjero

La Caja de Compensación Familiar del Huila, en cumplimiento de la Ley 146 de 2014 y el Decreto 682 de 2014, establece las Políticas Generales de Acceso para los colombianos migrantes y sus familias en Colombia.

Al afiliarte como colombiano residente en el exterior, tanto tú como tu grupo familiar en Colombia podrán acceder a todos los servicios y beneficios del Sistema de Subsidio Familiar, con excepción de la cuota monetaria de subsidio familiar y las prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante.

Condiciones de afiliación

  • El pago de aportes se realiza a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
  • El aporte corresponde al 2% del ingreso base de cotización declarado.
  • El ingreso base de cotización será la suma que declares en moneda legal colombiana y no podrá ser inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
  • La categoría de afiliación será B y podrá ajustarse progresivamente según el ingreso base declarado.

Requisitos

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del colombiano residente en el exterior.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del cónyuge o compañero(a) permanente.
  • Fotocopia de documentos de identificación de personas a cargo (registros civiles, tarjetas de identidad, etc.).
  • Manifestación del estado civil (formato de la Caja de Compensación Familiar).
  • Certificado de Supervivencia, expedido por el Consulado (gratuito y debe presentarse cada 6 meses).

Para la afiliación de padres:

  • Registro civil de nacimiento del colombiano en el extranjero.
  • Manifestación de dependencia económica (formato de la Caja de Compensación Familiar), firmada por el padre/madre y el colombiano en el extranjero.

Si decides regresar de manera permanente a Colombia, debes informarlo a la Caja de Compensación.


Afiliación de Veteranos de la fuerza pública

Afiliación de Veteranos de la fuerza pública

¿Quién es un veterano?

Se considera veterano a todo miembro de la Fuerza Pública que cumpla con alguna de las siguientes condiciones:

  • Tenga asignación de retiro.
  • Sea pensionado por invalidez.
  • Ostente la distinción de Reservista de Honor.
  • Haya participado en representación de Colombia en conflictos internacionales.
  • Sea víctima de hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o violaciones graves a los Derechos Humanos, en el marco del conflicto armado interno y durante su servicio activo.

¿Qué debes hacer como empleador y cómo te beneficias?

Si contratas a un veterano de la Fuerza Pública que tenga entre 18 y 40 años al momento de iniciar el contrato, estarás exento de pagar los aportes a las Cajas de Compensación Familiar por estos trabajadores durante los primeros dos años de vinculación.

Normativa

Este beneficio está respaldado por la Ley 1979 del 25 de julio de 2019 (Art. 16), el Decreto 1346 del 10 de octubre de 2020 y la Resolución 1881 del 3 de agosto de 2021.

Requisitos para acceder al beneficio

  • Incrementar la cantidad de empleados respecto al número de trabajadores que tenías en nómina al 31 de diciembre del año anterior.
  • Aumentar el valor de la nómina en una cantidad superior al incremento del IPC (Índice de Precios al Consumidor) determinado por el DANE.
  • Este beneficio solo aplica para nuevo personal, es decir, no se reconocerá si el aumento de empleados proviene de una fusión, adquisición, alianza o escisión de empresas.
  • Presentar una declaración escrita donde informes el incremento en el número de empleados y en el valor de la nómina.
  • Anexar las Planillas Integradas de Liquidación de Aportes (PILA) del mes de diciembre del año anterior y la del mes en que se realiza la nueva contratación del veterano.
  • El trabajador veterano deberá presentar una certificación de acreditación expedida por el Ministerio de Defensa en el siguiente enlace:

Certificación de Veteranos

Durante los primeros tres años, los veteranos afiliados podrán acceder a recreación, turismo social y capacitación. A partir del cuarto año, tendrán acceso completo a todos los servicios del Sistema de Subsidio Familiar.

¿Se pueden perder estos beneficios?

Sí. Si se suministra información falsa para obtener la exoneración de aportes, la Unidad Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) podrá revocar el beneficio y exigir el pago de los aportes con intereses moratorios, además de iniciar acciones penales si es necesario.

  • En caso de recibir exoneraciones sin derecho a ellas, el empleador tendrá 45 días para devolver los valores a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
  • Si no se hace la devolución en el tiempo estipulado, la Caja de Compensación convocará al empleador para suscribir un acuerdo de pago.
  • Si el empleador no asiste o incumple el acuerdo, la Caja tomará acciones administrativas y judiciales para recuperar los valores adeudados.

¿Quiénes están excluidos de estos beneficios?

No podrán acceder a la exoneración de aportes aquellas empresas que:

  • Cancelaron su matrícula mercantil y solicitaron una nueva con el mismo objeto social, nómina, establecimientos, domicilio o activos, para simular la creación de nuevos empleos.
  • Se acogieron previamente a la exoneración de aportes y luego adquirieron la condición de empresa inactiva.
  • Fueron creadas por fusión, adquisición, alianza o escisión de otra empresa.
  • Vinculen a veteranos entre 18 y 40 años para reemplazar empleados ya contratados previamente.


Condiciones y Requisitos

Condiciones y requisitos

Personas a cargo del trabajador por quienes puede recibir cuota monetaria ordinaria

Hijos legítimos, naturales, adoptivos e hijastros menores de 18 años. (A partir de los 12 años, es necesario acreditar la escolaridad en una institución aprobada)

Documentos requeridos

  • Certificado escolar: Se debe presentar máximo hasta el 31 de marzo del año en curso.
  • Certificado universitario: Se debe presentar cada semestre, con plazo máximo el 31 de marzo y el 30 de septiembre del año en curso.
Hermanos huérfanos de padre y madre menores de 18 años, siempre que convivan y dependan económicamente del trabajador.
Padres biológicos del trabajador mayores de 60 años, siempre que ninguno reciba salario, renta o pensión.
Cónyuge cuidador (aplica si cumple con lo siguiente):
  • Debe estar registrado en el grupo familiar del trabajador.
  • Se dedica al cuidado de una persona con discapacidad a cargo del trabajador.
  • El salario del trabajador debe ser inferior a 2 SMLMV.

Nota: Cuidador:

Un cuidador es una persona (profesional o no) que apoya en las tareas básicas de la vida cotidiana de una persona con discapacidad. Para acceder a este beneficio, los cuidadores deben certificar ante la Caja de Compensación Familiar que no tienen ingresos formales ni actividad remunerada.

Documentos requeridos: Declaración juramentada, Manifestación Juramentada Compañero(a) Cuidador, completamente diligenciada y firmada.

Condiciones para la Afiliación de un Trabajador a la Cuota Monetaria

  • Ser trabajador permanente, con contrato a término fijo o indefinido.
  • Tener una remuneración mensual (fija o variable) menor o igual a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV). Si los ingresos del trabajador se suman con los de su cónyuge o compañero(a), no deben superar los 6 SMMLV.
  • Totalizar un mínimo de 96 horas (12 días) de labor durante el mes.
  • Tener personas a cargo beneficiarias.

Condiciones que Deben Cumplir los Documentos

  • Los documentos probatorios deben ser claros y sin alteraciones. No se aceptan documentos con: Repisados, enmendaduras o tachaduras o textos con resaltador, anotaciones marginales o subrayados.
  • Los documentos o copias, deben ser nítidas y en papel fotocopia limpio. No se aceptan documentos en papel fax ni en papel reciclado.
  • Certificados de escolaridad: Solo se reciben en original.
  • Personas en proceso de obtener la cédula de ciudadanía: Se autoriza la presentación de la contraseña expedida por la Registraduría.


¿Dónde actualizo mis documentos?

Es importante recordar cuándo y qué documentos deben actualizarse para mantener el pago de la cuota monetaria y otros beneficios.

Casos en los que se debe actualizar documentos

Hijos recién nacidos

Debe presentar:

  • Registro civil de nacimiento (para identificar el parentesco).
  • Registro de matrimonio o declaración juramentada (formato de la Caja).
  • Copia de la cédula del trabajador y la de su cónyuge.
Hijos, hijastros o hermanos que cumplen 7 años
  • Tarjeta de identidad.
Hijos, hijastros o hermanos que cumplen 12 años
  • Certificado escolar, en caso de que la Caja no haya realizado el cruce con los colegios para el pago del subsidio.
  • Certificados escolares de instituciones fuera del Departamento del Huila, niveles técnicos, tecnológicos o universitarios
  • Deben actualizarse anualmente, antes del 31 de marzo, para no perder el subsidio.
Beneficiarios hijastros

Deben actualizar anualmente:

  • Formato de declaración juramentada (diligenciado y firmado).
  • Certificado de afiliación a la EPS.
  • Beneficiarios que cumplen 18 años
  • Copia de la cédula de ciudadanía.
Hijos, hermanos o hijastros con discapacidad que cumplen 6 o 19 años
  • Certificado de discapacidad actualizado.
Padres mayores de 60 años sin pensión o ingresos

Deben actualizar anualmente:

  • Formato de declaración juramentada (diligenciado y firmado por los padres).
  • Certificado de afiliación a la EPS.
Fallecimiento de un beneficiario
  • Registro civil de defunción.

Puedes actualizar los documentos del trabajador o de las personas a tu cargo a través del portal Oficina Virtual. Solo necesitas registrarte como usuario, crear una contraseña de uso personal y, una vez dentro, podrás consultar tu afiliación, tu grupo familiar, el movimiento y saldo de tu subsidio, así como otros beneficios disponibles.

Requisitos para afiliación

Tipo de AfiliadoDocumentos
Empleador persona natural
  • Diligenciar solicitud de afiliación empleador desde Oficina Virtual.

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.

  • Si es declarante, fotocopia del RUT no mayor a 30 días.

  • Nómina con el detalle de los trabajadores y sus salarios.

  • Certificado de paz y salvo, en caso de afiliación anterior a una Caja de Compensación Familiar.

  • Carta sustentando afiliación de la empresa e indicando desde que mes iniciará el pago de aportes.

  • Autorización de notificación de correo electronico.
Empleador natural jurídica
  • Diligenciar solicitud de afiliación empleador desde Oficina Virtual.

  • Certificado de existencia y representación legal no mayor a 30 días y fotocopia del RUT no mayor a 30 días.

  • Si se trata de una entidad sin ánimo de lucro, fotocopia de la personería jurídica.

  • Si es cooperativa, certificado de la Superintendencia de Economía Solidaria.

  • Si es propiedad horizontal, el acta de nombramiento del administrador actual.

  • Si el empleador es consorcio o unión temporal, documento o acta de acuerdo de la conformación de la entidad.

  • Nómina con el detalle de los trabajadores y sus salarios.

  • Certificado de paz y salvo, en caso de afiliación anterior a una caja de compensación familiar.

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.

  • Carta sustentando afiliación de la empresa e indicando desde que mes iniciará aportes.

  • Autorización de notificación de correo electronico.

  • Cuando Ud. Es consorcio o unión temporal anexar carta indicando cual de los consorciados es el responsable de la seguridad social.
Trabajador soltero
  • Documento de identificación

  • Si es menor de edad, anexar fotocopia del permiso de Ministerio de Trabajo.
Trabajador con cónyuge
  • Documento de identificación.

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre).

  • Si tiene registro con cónyuge y desea afiliar una nueva pareja, deberá presentar:

  • Constancia de divorcio

  • Liquidación sociedad conyugal

  • Escritura pública

  • Registro de matrimonio con anotación de divorcio, nuevo registro de matrimonio o formato que comfamiliar tiene establecido para tal fin.
Trabajador con cónyuge e hijos comunes
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Certificado de estudio o boletín de calificaciones (Este ultimo se recibe durante los meses de cierre de las instituciones) mayores de 12 años.

  • Cédula de ciudadaníade personas a cargo mayor de 18 años.

  • Si tiene registro con cónyuge y desea afiliar una nueva pareja, deberá presentar constancia de divorcio – liquidación sociedad conyugal – escritura pública – registro de matrimonio con anotación de divorcio, nuevo registro de matrimonio o formato que comfamiliar tiene establecido para tal fin.

  • Personas a cargo con Discapacidad. Hijos, hijastros en condición de discapacidad, presentar además:
    • Certificado de Discapacidad expedido por EPS, donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.
    • Certificado de afiliación expedido por EPS.

  • Cónyuge Cuidador:
    • Documento de identificación
    • Diligenciar el formato manifestacion Juramentada de Compañero Cuidador.
    • Declaración juramentada por persona a cargo
    • La persona en la cual indique claramente que la persona discapacitada requiere asistencia Certificación de la EPS, IPS o entidad competente, sobre la situación de discapacidad de en actividades de higiene, aseo o alimentación, ayuda en la administración de medicamento
Beneficiarios hijos de crianza
  • Registro civil de nacimiento con su respectiva anotación ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses

  • Escritura pública ó sentencia judicial

  • Tarjeta de identidad si es mayor de 7 años

  • Certificado de estudio o boletín de calificaciones (Este ultimo se recibe durante los meses de cierre de las instituciones) mayores de 12 años

  • Cedula de ciudadanía, si es mayor de 18 años

  • Declaración juramentada formato que la Caja tiene para mayor facilidad.
Trabajador con cónyuge e hijastros
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Certificado de estudio o boletín de calificaciones (Este ultimo se recibe durante los meses de cierre de las instituciones) mayores de 12 años

  • Custodia expedida por autoridad competente para menores de 18 años ó certificado de EPS para mayores de 18 años

  • Cédula de ciudadaníade personas a cargo mayor de 18 años.

  • Si tiene registro con cónyuge y desea afiliar una nueva pareja, deberá presentar constancia de divorcio – liquidación sociedad conyugal – escritura pública – registro de matrimonio con anotación de divorcio, nuevo registro de matrimonio o formato que comfamiliar tiene establecido para tal fin.

  • Personas a cargo con Discapacidad. Hijos, hijastros en condición de discapacidad, presentar además:
    • Certificado de Discapacidad expedido por EPS, donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.
    • Certificado de afiliación expedido por EPS.

  • Cónyuge Cuidador aplica a:
    • Cónyuge o compañero registrado en el grupo familiar del trabajador que realice actividades de cuidado respecto de cualquier persona a cargo discapacitada del trabajador.
    • El salario del trabajador dependiente debe ser inferior a 2 S.M.L.M.V.
  • En caso de aplicar, reunir la siguiente documentacion:
    • Documento de identificación
    • Diligenciar el formato manifestacion Juramentada de Compañero Cuidador.
    • Declaración juramentada por persona a cargo
Trabajador separado con hijos
  • Documento de identificación

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Certificado de estudio o boletín de calificaciones (Este ultimo se recibe durante los meses de cierre de las instituciones) mayores de 12 años

  • Cédula de ciudadanía de personas a cargo mayores de 18 años.

  • Personas a cargo con Discapacidad. Hijos, hijastros en condición de discapacidad, presentar además:
    • Certificado de Discapacidad expedido por EPS, donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.
    • Certificado de afiliación expedido por EPS.
Trabajadora soltera con hijos (se refiere a registro civil donde unicamente figure la madre)
  • Documento de identificación

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Cédula de ciudadanía de personas a cargo mayores de 18 años.

  • Certificado de estudio o boletín de calificaciones (Este ultimo se recibe durante los meses de cierre de las instituciones) mayores de 12 años

  • Personas a cargo con Discapacidad. Hijos, hijastros en condición de discapacidad, presentar además:
    • Certificado de Discapacidad expedido por EPS, donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.
    • Certificado de afiliación expedido por EPS.
Trabajador que afilia a padres mayores de 60 años (no pensionados ni trabajando)
  • Documento de identificación

  • Formato de Declaración Juramentada del Ministerio de Trabajo donde se evidencie la dependencia económica y se declare que el padre y/o madre no recibe pensión, salario ni renta.

  • Certificado medico EPS o entidad competente

  • Registro civil de nacimiento del trabajador afiliado ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Personas a cargo con Discapacidad. Padres en condición de discapacidad, presentar además:
    • Certificado de Discapacidad expedido por EPS, donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.
    • Certificado de afiliación expedido por EPS.

  • Cónyuge Cuidador, aplica a:
    • Cónyuge o compañero registrado en el grupo familiar del trabajador que realice actividades de cuidado respecto de cualquier persona a cargo discapacitada del trabajador.
    • El salario del trabajador dependiente debe ser inferior a 2 S.M.L.M.V.
  • En caso de aplicar, reunir la siguiente documentacion:
    • Documento de identificación
    • Diligenciar el formato manifestacion Juramentada de Compañero Cuidador.
    • Declaración juramentada por persona a cargo
Trabajador que afilia hermanos huérfanos de padres (ambos)
  • Documento de identificación

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Certificado de estudio o boletín de calificaciones (Este ultimo se recibe durante los meses de cierre de las instituciones) mayores de 12 años

  • Certificado medico EPS o entidad competente

  • Registro civil de nacimiento del trabajador afiliado

  • Registro civil de defunción de los padres

  • Cédula de ciudadanía de personas a cargo mayores de 18 años.

  • Personas a cargo con Discapacidad. Hermanos huérfanos de padres en condición de discapacidad, presentar además:
    • Certificado de Discapacidad expedido por EPS, donde conste la capacidad física disminuida que le impida trabajar, indicando tipo de discapacidad.
    • Certificado de afiliación expedido por EPS.

  • Cónyuge Cuidador, aplica a:
    • Cónyuge o compañero registrado en el grupo familiar del trabajador que realice actividades de cuidado respecto de cualquier persona a cargo discapacitada del trabajador.
    • El salario del trabajador dependiente debe ser inferior a 2 S.M.L.M.V.
    • En caso de aplicar, reunir la siguiente documentacion:
      • Documento de identificación
      • Diligenciar el formato manifestacion Juramentada de Compañero Cuidador.
      • Declaración juramentada por persona a cargo
Cónyuge Cuidador
  • Documento de identificación

  • Diligenciar el formato manifestacion Juramentada de Compañero Cuidador.

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • La persona en la cual indique claramente que la persona discapacitada requiere asistencia Certificación de la EPS, IPS o entidad competente, sobre la situación de discapacidad de en actividades de higiene, aseo o alimentación, ayuda en la administración de medicamentos
Trabajador independiente
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo
Independiente en el exterior
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Supervivencia expedida por consulado cada 6 meses
Independiente asociado y/o agremiado
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo
Pensionados voluntarios
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Último desprendible de pago de mesada pensional
Pensionados régimen especial
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Último desprendible de pago de mesada pensional
Pensionados 25 años
  • Documento de identificación

  • Registro civil de matrimonio o declaración juramentada (parejas unión libre)

  • Registro civil de nacimiento de persona a cargo ó Registro civil digital - para este ultimo no mayor a 3 meses.

  • Documento de identificación de personas a cargo mayores de 7 años

  • Declaración juramentada por persona a cargo

  • Resolución de pensión e historia laboral

  • Último desprendible de pago de mesada pensional.

  • Cédula de ciudadanía de personas a cargo mayores de 18 años.

Documentos afiliaciones y subsidio

Documentos empresas

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En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, te solicitamos adjuntar el formato A-01-06 “Autorización y refrendación para el uso de datos personales” junto con tu afiliación. Esto nos permitirá procesar tu información y gestionar de manera efectiva tu vinculación a nuestra Caja de Compensación Familiar.

Horario de atención telefónica

  • Si tiene alguna petición relacionada con el Subsidio Familiar, puede comunicarse a los teléfonos:
Número de teléfonoAgenciaHorario
(608)2795068NeivaLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
18000918869NeivaLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
(608)2795068PitalitoLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
(608)2795068La PlataLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
(608)2795068GarzónLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.

Horario de atención presencial

  • Neiva: Calle 21 No. 4-50 frente al Centro de Convenciones José Eustasio Rivera, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
  • Pitalito: Calle 5 No. 5-62, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
  • Garzón: Calle 7 No. 8-34, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
  • La Plata: Calle 4 No. 4-62 Parque Principal, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.