Subsidio Familiar

¿Qué es el subsidio familiar?

El subsidio familiar es una prestación social que se paga en dinero, especie y servicios a los trabajadores afiliados, cuyo objetivo es aliviar las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia.

El subsidio familiar tiene las siguientes modalidades:

  • Subsidio en Dinero
  • Subsidio en Servicios
  • Subsidio en Especie

Condiciones que debo cumplir para recibir subsidio familiar

Existen varios factores a tener en cuenta para que la Caja le cargue cuota monetaria por sus personas a cargo, a continuación, podrá revisar algunos de ellos:

  • La empresa donde labora debe estar afiliada a la Caja
  • La empresa donde labora tiene la obligación de presentar su formulario de afiliación con oportunidad (ley 789/2002)
  • El trabajador empleado debe afiliar a sus personas a cargo (según requisitos ley 789/2002)
  • Personas a cargo: hijos, hijastros, hermanos huérfanos de padres hasta los 18 años, padres mayores de 60 años (en condición normal o de discapacidad)
  • Debe presentar la documentación y/o actualización requerida por la Caja de cada una de sus personas a cargo para continuar con el derecho
  • Si la empresa hace su retiro esporádico como trabajador y después lo vuelve a contratar recuérdele que debe volverlo a afiliar a la Caja, aunque esté pagando los aportes parafiscales por usted.
  • Si queda desempleado y consigue un nuevo empleo, es obligación de esa empresa pagar los aportes parafiscales por usted y adicionalmente afiliarlo presentando su formulario de afiliación a la Caja.
  • Debe estar en categoría A o B o tener ingresos menores de 4 salarios mínimos para que reciba el subsidio familiar, esto depende de los ingresos reportados en planilla por usted y su cónyuge o compañero (a) permanente.
  • Si sumados los ingresos entre usted y su cónyuge o compañero (a) permanente son mayores a 6 salarios, no recibirá cuota por hijos en común ninguno de los dos.

Nota: La causal del no pago de subsidio familiar, la puede consultar desde la plataforma OFICINA VIRTUAL, desde la opción CONSULTAS/SUBSIDIO FAMILIAR/

Subsidio ordinario

Podrán cobrar simultáneamente Subsidio Familiar, por los mismos hijos, el padre y la madre cuyas remuneraciones sumadas las dos, no excedan el equivalente a cuatro (4) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Si sus ingresos sobrepasan los cuatro (4) salarios mínimos, pero menos de (6) podrá cobrar subsidio monetario uno de los cónyuges o compañeros(as). Cuando al sumar los salarios excedan los (6) salarios mínimos, ninguno de los dos podrá cobrar Subsidio Monetario.
Nota: El cobro simultáneo no se aplica en caso de padres del trabajador, ni hermanos huérfanos de padres, los cuales sólo pueden ser inscritos a través de un solo hijo o hermano a una sola Caja.

Subsidio extraordinario por fallecimiento del afiliado o sus beneficiarios

En caso de que el trabajador afiliado fallezca, se le seguirá pagando durante 12 meses, por las personas a cargo que venían recibiendo subsidio, a la persona que acredite la guarda y sostenimiento de las mismas.
Si una persona afiliada a su cargo fallece, se pagará un subsidio extraordinario en el mes que esto ocurra, equivalente a 12 cuotas monetarias con el valor fijado de la cuota en el año del suceso.

Subsidio doble

Sí una de las personas a cargo del trabajador afiliado, demuestra una discapacidad que le impida trabajar, tiene derecho a recibir doble cuota monetaria sin limitación de edad.

Subsidio para el sector Agropecuario

Se reconoce a los trabajadores de empresas con actividad económica registrada dentro del sector agropecuario un quince por ciento (15%) adicional, sobre la cuota de subsidio monetario recibida por cada una de sus personas a cargo beneficiarias de subsidio. Esta actividad económica debe estar contemplada en la Cámara y Comercio y quedará registrada al momento de vincular la empresa a la Caja de Compensación.

Calendario de pago de Subsidio Familiar

Período que se pagaFecha límite pago aportes parafiscalesFecha cierre y proceso giro generalFecha pago subsidio familiar
Enero24 de febrero de 202525 de febrero de 202528 de febrero de 2025
Febrero25 de marzo de 202526 de marzo de 202531 de marzo de 2025
Marzo24 de abril de 202525 de abril de 202530 de abril de 2025
Abril23 de mayo de 202526 de mayo de 202530 de mayo de 2025
Mayo25 de junio de 202526 de junio de 20253 de julio de 2025
Junio22 de julio de 202523 de julio de 202531 de julio de 2025
Julio26 de agosto de 202527 de agosto de 20251 de septiembre de 2025
Agosto22 de septiembre de 202523 de septiembre de 202530 de septiembre de 2025
Septiembre23 de octubre de 202524 de octubre de 202531 de octubre de 2025
Octubre26 de noviembre de 202527 de noviembre de 20252 de diciembre de 2025
Noviembre23 de diciembre de 202524 de diciembre de 20255 de enero de 2026
Diciembre26 de enero de 202627 de enero de 202630 de enero de 2026

Consulta aquí la fecha límite de retiro del subsidio familiar con tu cédula

Documentos afiliaciones y subsidio

Manual del Usuario Comfamiliar
Carta Modelo Cesión del Subsidio
Portafolio de Afiliaciones y Subsidio
Carta de Deberes y Derechos de los Afiliados
Reglamento Sancionatorio para Trabajadores Afiliados
Preguntas Frecuentes sobre el Subsidio Familiar
Solicitud de Subsidio Fúnebre

Información de interés para afiliados

Horario de atención telefónica

  • Si tiene alguna petición relacionada con el Subsidio Familiar, puede comunicarse a los teléfonos:
Número de teléfonoAgenciaHorario
(608)2795068NeivaLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
18000918869NeivaLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
(608)2795068PitalitoLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
(608)2795068La PlataLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
(608)2795068GarzónLunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.

Horario de atención presencial

  • Neiva: Calle 21 No. 4-50 frente al Centro de Convenciones José Eustasio Rivera, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
  • Pitalito: Calle 5 No. 5-62, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
  • Garzón: Calle 7 No. 8-34, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
  • La Plata: Calle 4 No. 4-62 Parque Principal, Lunes a viernes de 07:00 a.m. a 11:30 a.m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m.